Las funciones de la Entidad de Grupo son:
- Solicitar la certificación del grupo.
- Ser la titular de cualquier certificado de grupo que se emita.
- Custodiar y velar por el mantenimiento del Certificado Forestal Grupal, emitido por la Entidad de Certificación tras concluir de forma satisfactoria el proceso de certificación. Mantener un registro de las superficies forestales y de los adscritos incluidos en el certificado forestal grupal, identificando propietario/gestor, incluyendo sus datos de contacto, superficie y ubicación de la misma. Establecer un procedimiento para la adhesión y exclusión de adscritos y/o superficie al Certificado de Grupo, que garantice el cumplimiento de los requisitos de la certificación e informar puntualmente a la entidad de certificación sobre dichas incorporaciones y exclusiones.
- Solicitar a PEFC®-España (Órgano de Gobierno del Consejo del PEFC®), tras la obtención del Certificado Grupal, la licencia oficial de uso del logotipo y marca comercial PEFC®.
- Responsabilizarse de la correcta utilización de los Certificados y de la/s licencia/s – sublicencias de uso del logotipo y marca registrada PEFC®.
- La Entidad de Grupo definirá la fuente de información con la que da respuesta a la Norma UNE 162.002 y al Estandar Nacional FSC®.
- Tramitar para cada adscrito, una copia del Certificado Forestal Grupal incluido el anexo donde se relacionan las superficies inscritas o certificado equivalente referido a sus fincas o un documento acreditativo individual de la inclusión en dicho Certificado de las superficies aportadas al proceso de certificación. Este documento indicará el número de certificado y su periodo de validez junto con la información sobre la Entidad Solicitante Grupal y la Entidad de Certificación que emitió el certificado, pero no dará al titular derecho de uso del logotipo PEFC®. Para ello deberá solicitar al PEFC®-España una licencia de uso del logotipo y marca registrada PEFC®.
- Mantener la comunicación con la Entidad de Certificación, encargándose de pedir presupuestos a diferentes Entidades de Certificación, seleccionar la Entidad de certificación y mantener el contacto con la misma, preparar las visitas de evaluación y acompañar a los auditores durante las visitas, prestando asistencia técnica a la Entidad de Certificación durante todo el proceso de Auditoría.
- Mantener la comunicación con los miembros del grupo y/o con los coordinadores, informándolos de las conclusiones de las auditorias, coordinándolos y proporcionándoles información, capacitación y apoyo técnico.
- Coordinar la comunicación externa entre el grupo, las administraciones públicas y los grupos de interés.
- Elaborar y revisar la documentación y los procedimientos del grupo, definiendo los requisitos de gestión que regirán el funcionamiento del mismo y asegurándose de su cumplimiento mediante los correspondientes procedimientos de control y vigilancia.
- Controlar y elaborar la información técnica, que se le entregará a los miembros del grupo.
- Establecer un Procedimiento de Control para el seguimiento de los adscritos en relación con el cumplimiento del conjunto de sus obligaciones, incluidas las acciones preventivas y correctoras. Como parte del procedimiento de control, se elaborará un Programa de Auditorías Internas, garantizando que anualmente se realizará una auditoria interna de una muestra representativa de la superficie adscrita al certificado, con el objeto de supervisar a los miembros del grupo y así verificar el cumplimiento de los requisitos de aplicación del Sistemas Español de Certificación forestal PEFC®, la norma UNE 162002, el Estandar Español para la certificación forestal FSC® y las condiciones y las acciones correctivas puestas por la Entidad de Certificación. Se llevarán registros de la conformidad de las superficies adscritas con la Norma de Gestión Forestal Sostenible PEFC®, el Estandar Español FSC® y las revisiones de procedimiento de control y de cualquier acción correctiva o preventiva que se tome.
- Establecer un procedimiento que garantice que los productos forestales resultantes de los aprovechamientos forestales proceden de las superficies objeto de certificación. En la transferencia de materias primas certificadas desde el monte a la cadena de custodia se considerará la medición reflejada en la documentación del aprovechamiento, permiso de corta o acto administrativo semejante, salvo que el propietario o adjudicatario solicite a la correspondiente entidad solicitante una validación de la diferencia existente entre la medición anteriormente indicada y la medición final obtenida de manera demostrable.
- Nombrar a un representante de la gestión (Director del Grupo), que tendrá la responsabilidad general y la autoridad, en relación con la entidad de grupo, para el cumplimiento con todos los requisitos aplicables.
- Mantener registros de los miembros y del grupo.
- Tener autoridad para cancelar la cobertura del certificado a miembros que no cumplan todos los requisitos, o cualquiera de las acciones correctivas establecidas por la Entidad de Certificación.
- Efectuar el pago a la Entidad de Certificación de todos los costes de evaluación y supervisión durante la vigencia del certificado, dividiendo estos costes entre los miembros del grupo de conformidad con las cuotas establecidas en el apartado 8 del Manual del Miembro.
- Ocasionalmente la Entidad de Grupo podrá promover iniciativas orientadas a favorecer la comercialización de productos certificados y servir de apoyo en las tareas de aprovechamiento y venta de los mismos.
- Asumir y hacer cumplir la Norma UNE 162.002 y Directrices Regionales, en su caso, de Gestión Forestal Sostenible en vigor, para garantizar la conformidad de la gestión forestal con el Sistema Español de certificación PEFC®. Determinar las buenas prácticas a aplicar para la prevención y corrección de daños bióticos y abióticos en los montes, todo ello de acuerdo a la legislación vigente, circulares, manuales de buenas prácticas disponibles, etc. .
- Informar y asesorar a los adscritos y a los interesados, sobre la certificación forestal y sobre sus derechos y obligaciones.
- Garantizar que todas las actividades relacionadas con la certificación se realizan de acuerdo con los requisitos del Sistema Español de Certificación Forestal PEFC® y el Estandar Nacional FSC®.