Podrá formar parte del grupo, en calidad de miembro, toda persona física o jurídica o agrupación de las mismas, que ostenten por cualquier título el derecho de uso de la tierra y de los recursos forestales o asuma su gestión, con independencia de las dimensiones de las parcelas, siempre y cuando asuman sus deberes y obligaciones como miembros del grupo. Los derechos, deberes y obligaciones de los miembros son los siguientes:
Derechos
- Recibir respuesta por parte de la Entidad de Grupo a cualquier pregunta o duda que pueda surgirle en relación con el proceso de certificación.
- Recibir información y asesoramiento por parte de la Entidad de Grupo sobre el proceso de certificación y la documentación de los miembros del Grupo con propósitos de evaluación y seguimiento.
- Obtener una copia del Certificado Forestal Grupal incluido el anexo donde se relacionan las superficies inscritas o certificado equivalente referido a sus fincas, o un documento acreditativo individual, de la Entidad solicitante, de la inclusión en dicho Certificado de las superficies aportadas al proceso de certificación.
- Solicitar, a PEFC ® España, una licencia individual de uso del logotipo y marca registrada PEFC®, tras el cumplimiento de todos los requisitos de la Certificación Forestal Regional.
- Plantear ante la Comisión Arbitral de PEFC®- España las reclamaciones relacionadas con el proceso de certificación o el funcionamiento del sistema.
- Obtener una validación de la Entidad Solicitante Regional/Grupo para los productos resultantes de los aprovechamientos forestales procedentes de las superficies objeto de certificación.
- Vender los productos de las parcelas adscritas como certificados mientras forme parte del grupo de certificación “Propietarios das Mariñas” y no se encuentre provisionalmente suspendido de este derecho por algún incumplimiento.
- Presentar reclamaciones, quejas y/o sugerencias sobre la labor de gestión de la Entidad de Grupo, el proceso de certificación o el funcionamiento del grupo.
- Si desea abandonar el grupo, tendrá derecho a solicitar su salida voluntaria, en los casos expuestos en el procedimiento de abandono.
- Obtener un listado actualizado de los miembros que integran el Grupo de Certificación forestal “Propietarios das Mariñas” y de la superficie con la que participan en el certificado FSC® y/o PEFC® de grupo.
- Tendrá derecho a beneficiarse de los programas de apoyo que pueda desarrollar la Entidad de Grupo
Deberes y obligaciones.
- Los adscritos deben manifestar a la Entidad Solicitante las superficies forestales que gestionan y desean incluir en la certificación forestal.
- Los solicitantes deberán comprometerse expresamente a gestionar sus montes a corto, medio y largo plazo acorde con los requisitos del sistema de gestión del grupo, con el estándar español para la gestión forestal de la certificación FSC® y/o con el Sistema Español de Certificación Forestal PEFC®, antes de la entrada al grupo, así como a formar parte del mismo durante al menos 5 años.
- Cuando los trabajos forestales en las superficies objeto de certificación se realicen por terceros, exigir que los mismos se ejecuten de acuerdo con los requisitos del Sistema Español de Certificación Forestal.
- Poner a disposición de la Entidad Solicitante y de la Entidad de Certificación cuantos documentos o facilidades se requieran para el control interno y para la realización de las Auditorías de Certificación.
- Los miembros, una vez incorporados al Grupo, deberán continuar cumpliendo con los requisitos del Grupo y con los estándares FSC® y/o la Norma UNE 162002, según hayan solicitado la adhesión al Grupo bajo el sistema PEFC®, FSC® o ambos.
- Todos los miembros están obligados a someterse a auditorías internas de seguimiento y hacer frente a las correcciones que se les planteen en el caso de detectarse incumplimientos.
- Los requisitos del grupo podrán verse modificados, ya sea en respuesta a cambios producidos en el estándar español para la gestión forestal de la certificación FSC®, en el estándar nacional, otras normas FSC® aplicables, en la Norma UNE 162002 o como resultado de una decisión interna. Los miembros serán informados de cualquier cambio y tendrán un plazo de seis meses a partir de este momento para implementar los cambios documentales o de gestión o decidir abandonar el grupo.
- Los miembros que hayan elegido el sistema de cuotas deben realizar el pago puntual de las mismas, siempre dentro de los 30 días siguientes a recibir la notificación de la cantidad adeudada.
- Los miembros deben tener una actitud positiva ante los conflictos que puedan surgir, y relacionarse de forma constructiva con los grupos de interés.
- Los miembros se comprometen a seguir y respetar las especificaciones recogidas en el Manual de Buenas Prácticas.
- Asegurar que todos los aprovechamientos (realizadas por empleados o contratistas) cumplen con los requisitos del grupo, con el estándar español para la gestión forestal de la certificación FSC® y/o con la Norma UNE 162002, y que se llevan a cabo por personal debidamente capacitado y equipado.
- Facilitar a la Entidad de grupo la documentación que se le requiera, con el fin de elaborar y mantener al día los registros.
- Ejecutar las acciones preventivas y/o correctivas que le proponga la Entidad de grupo, en los plazos acordados.
- Cumplir con la planificación de los trabajos de gestión prevista en el instrumento de gestión.
- Comunicar a la entidad de grupo la necesidad de modificar la planificación, por motivos objetivos así como documentar o en su caso comunicar a la entidad solicitante las modificaciones sustanciales realizadas sobre el plan de gestión previsto, en especial las relacionadas con los aprovechamientos y tratamientos que se realicen en las superficies forestales objeto de certificación.
- Solicitar los permisos administrativos necesarios para realizar los correspondientes trabajos y aprovechamientos forestales, facilitando copia de los mismos a la Entidad de Grupo.